Por: Guillermo Navarro Jiménez
La derecha ecuatoriana antes del referéndum del 28 de septiembre, optó como instrumento para deslegitimar a todas las acciones que es ineludible emprender para avanzar en la implementació n de los contenidos de la Nueva Constitución , el insistir en que el Régimen de Transición no había sido aprobado en la Consulta Popular que permitió la convocatoria a Asamblea Constituyente.
Luego de la derrota del 28 de septiembre, una vez que el pueblo ecuatoriano aprobó la Nueva Constitución y la aplicación de las normas del Régimen de Transición, el argumento antes mencionado perdió totalmente validez política. Ante ello, la derecha modifica su estrategia y pretende ahora deslegitimar a la Comisión de Legislación y Fiscalización establecido en el artículo 17 del Régimen de Transición, en el claro entendimiento que de deslegitimarla, no podrían cumplirse los mandatos contenidos en el Primera Disposición Transitoria de la Constitución, la que establece en su primer inciso que: “El órgano legislativo (léase Comisión Legislativa y de Fiscalización) , en el plazo máximo de ciento veinte días contados desde la entrada en vigencia de esta Constitución aprobará la ley que desarrolle el régimen de soberanía alimentaria, la ley electoral, la ley reguladora de la Función Judicial , del Consejo de la Judicatura y la que regula el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social”. En consecuencia, la estrategia de la derecha es la de imposibilitar se aprueben las leyes que estructuran la nueva institucionalidad del Estado, así como la que sentará las bases del desarrollo de la soberanía alimentaria que seguramente iniciará la concreción de los nuevos objetivos del desarrollo nacional, los objetivos del Buen Vivir, del Sumak kawsay. Ante ello es prudente preguntarse ¿Cuáles son los métodos que utiliza la derecha para lograr ese propósito?
Carlos Vera, el ex comunicador y hoy portavoz de la derecha, al igual que todos los grandes medios de información que responden al poder económico y fáctico, en busca de deslegitimar a la Comisión, acude permanentemente a dos recursos comunicacionales: utilizar la denominación de congresillo en lugar de Comisión Legislativa y de Fiscalización; y, en demandar en todas las entrevistas, que el “congresillo” debe respetar la equidad de género, la cual la supone expresada en el artículo 65 de la Constitución. Analicemos la intencionalidad de ese posicionamiento.
El primero, esto es utilizar el mote de “congresillo”, no exige mucho trabajo para descubrir sus intenciones: hacer uso de un mensaje subliminal, sobre la base de la opinión negativa que el pueblo ecuatoriano mantiene en su subconsciente contra el accionar de congresos pasados. En otros términos, lo que pretende es conformar una opinión pública negativa, a priori, en contra de la Comisión, puesto que la gente podría llegar a la convicción, por la acción de su subconsciente, de que será igual o peor al congreso, dado que se trata de un “congresillo”, esto es una institución incluso de menor condición que un congreso.
La segunda, esto es deslegitimar la Comisión de Legislación y Fiscalización, argumentando que no se ha respetado la equidad de género durante su estructuració n, se basa en un argumento falso pero que puede ser eficiente, cuanto más que en las entrevistas, son muy útiles incluso algunos asambleístas que no se percatan de sus intenciones. Vera y todos los grandes medios sostienen que el artículo 65 obliga a que la Comisión contemple la equidad de género, lo cual no tiene asidero alguno por tres consideraciones:
1. El artículo 65 reza: “El Estado promoverá la representació n paritaria de hombres y mujeres”. Texto del que se infiere que el Estado está obligado a promover, más no a aplicarla a rajatabla. Hecho que también lo demuestra el que se incluye en la promoción a los partidos y movimientos políticos, en los cuales no decide el Estado, por obvias razones;
2. El artículo 65 si bien obliga al Estado a promover “la representació n paritaria de mujeres y hombres”, lo obliga “en los cargos de nominación o designación”, esto es en los cargos que el Estado a través de sus autoridades nombra para el cumplimiento de funciones públicas, como lo señala en forma explícita el mismo artículo. Como es evidente e irrefutable, los Asambleístas no fueron designados, nombrados por el Estado. Lo fueron en votación popular, por lo que se designación corresponde a la ciudadanía y no al Estado, por lo que no corresponde, en este caso, ni siquiera la consideración del artículo 65, peor su aplicación como lo pretende la derecha; y,
3. Por cuanto el artículo 17 del Régimen de Transición en el segundo inciso establece que: “ La Asamblea Constituyente se reunirá cinco días después de proclamados los resultados del referéndum aprobatorio para conformar la Comisión Legislativa y de Fiscalización procurando mantener la proporcionalidad política que tuvo el plenario de la Asamblea Constituyente ”. Texto que señala con claridad meridiana que el único elemento a considerar es la “proporcionalidad política”. Ningún otro.
En consecuencia, “la representació n paritaria de hombres y mujeres”, no es otra cosa que un argumento falso para tratar de deslegitimar a la Comisión Legislativa y de Fiscalización, en lo que se ven apoyados por declaraciones de algunos asambleístas que afirman que este principio deberá aplicarse, a más del concepto representació n geográfica, el cual tampoco procede. Apoya esa tarea de zapa, igualmente el cuasi favor que creen algunos asambleístas realizar cuando “conceden” que también las minorías deberían estar representadas en la Comisión. A lo expresado, debe agregarse que la derecha pretende que, en el peor de los casos, su estrategia permita y justifique “quemar tiempo”, con lo que pretenden lograr que la Comisión no cumpla con los plazos establecidos en la Primera Transitoria , situación que conllevaría una violación del nuevo texto constitucional, con las consecuencias negativas agravantes que ello determina, a más de proporcionar a la derecha nuevos elementos para su oposición política.
Ante todo lo expresado, es necesario insistir en que la derecha: no cesa en su tarea de tratar de oponerse a la aplicación de la Nueva Constitución , que conoce bien cuales son los instrumentos que permitirá la concreción de los postulados de la Nueva Constitución , y, principalmente, que en la derecha milita gente experimentada y conocedora de la letra colorada, por lo que nuestra vigilancia es de especial importancia para descubrir y combatir todos los argumentos y las estrategias políticas de la derecha, como lo es también la cohesión de todos los asambleístas, la formulación de un discurso único, para evitar crear intersticios que podrían ser utilizados en contra del proceso constitucional en marcha.