Para los asambleistas del Movimiento Popular Democrático la propuesta de Ley Minera, tal como está planteada, recoge aspectos entreguistas y neoliberales que deben ser modificados para que el país cuente con un instrumento que beneficie a la población en su conjunto.
Abel Ávila y Jorge Escala, sostienen que la figura de concesión introducida en la Ley es inconstitucional ya que la Carta Política establece claramente que los recursos naturales no renovables pertenecen al patrimonio inalienable e imprescriptible del Estado y solo en casos excepcionales puede delegarse a la empresa privada esta actividad; además señalaron que la Ley contraría lo dispuesto en el mandato 6 y lo establecido en la Carta Magna en el artículo 408, al promover las prácticas monopólicas cuando se determina que los títulos son transferibles, transmisibles e incluso pueden ser dados como parte pago. Por ello plantean que en todo el texto de la ley la palabra concesión debe cambiarse por delegación.
El MPD considera indispensable la creación de la empresa Minera del Estado, entidad encargada de la explotación de la riqueza minera en beneficio del Estado y de los pueblos del Ecuador, garantizando el desarrollo ambientalmente equilibrado y respetuoso de la biodiversidad.
A pesar de que la Constitución señala en su artículo N° 407 que las empresas privadas sólo pueden intervenir de manera excepcional, en el proyecto de ley se les da un tratamiento especial, otorgándoles privilegios concretos a las empresas extranjeras como son : "trato nacional", "no discriminación", "amparo", se entrega a la empresa privada la explotación miera no solo por 25 años, con el silencio administrativo (que debe eliminarse) y otras medidas a favor de las empresas, este tiempo es más amplio puede llegar hasta 60 años, es decir nos quedarán los huesos. Además los beneficios para el Estado son mínimos, apenas se establece una regalía que alcanzan el 5%.
Dentro del texto de la ley se ve con preocupación que no existe igualdad de competencia para la pequeña minería, artesanal y las cooperativas de mineros quedan desprotegidos frente a la gran minería y transnacionales que cuentan con recursos y tecnología de punta por lo que es necesario que la Empresa Estatal Minera y la Empresa Mixta en asociación con los pequeños mineros o artesanales sean las que asuman las áreas de concesiones caducadas o que hayan sido devueltas o revertidas al Estado.
Para los asambleistas del MPD, es necesario que se abra un debate nacional con los sectores mineros del país, y la población en general, porque se trata de un tema de interés que afecta o beneficia a todos los ecuatorianos. El propósito de este debate es que las opiniones sean tomadas en cuenta en la propuesta de ley que garantice los intereses nacionales.
Abel Ávila y Jorge Escala, sostienen que la figura de concesión introducida en la Ley es inconstitucional ya que la Carta Política establece claramente que los recursos naturales no renovables pertenecen al patrimonio inalienable e imprescriptible del Estado y solo en casos excepcionales puede delegarse a la empresa privada esta actividad; además señalaron que la Ley contraría lo dispuesto en el mandato 6 y lo establecido en la Carta Magna en el artículo 408, al promover las prácticas monopólicas cuando se determina que los títulos son transferibles, transmisibles e incluso pueden ser dados como parte pago. Por ello plantean que en todo el texto de la ley la palabra concesión debe cambiarse por delegación.
El MPD considera indispensable la creación de la empresa Minera del Estado, entidad encargada de la explotación de la riqueza minera en beneficio del Estado y de los pueblos del Ecuador, garantizando el desarrollo ambientalmente equilibrado y respetuoso de la biodiversidad.
A pesar de que la Constitución señala en su artículo N° 407 que las empresas privadas sólo pueden intervenir de manera excepcional, en el proyecto de ley se les da un tratamiento especial, otorgándoles privilegios concretos a las empresas extranjeras como son : "trato nacional", "no discriminación", "amparo", se entrega a la empresa privada la explotación miera no solo por 25 años, con el silencio administrativo (que debe eliminarse) y otras medidas a favor de las empresas, este tiempo es más amplio puede llegar hasta 60 años, es decir nos quedarán los huesos. Además los beneficios para el Estado son mínimos, apenas se establece una regalía que alcanzan el 5%.
Dentro del texto de la ley se ve con preocupación que no existe igualdad de competencia para la pequeña minería, artesanal y las cooperativas de mineros quedan desprotegidos frente a la gran minería y transnacionales que cuentan con recursos y tecnología de punta por lo que es necesario que la Empresa Estatal Minera y la Empresa Mixta en asociación con los pequeños mineros o artesanales sean las que asuman las áreas de concesiones caducadas o que hayan sido devueltas o revertidas al Estado.
Para los asambleistas del MPD, es necesario que se abra un debate nacional con los sectores mineros del país, y la población en general, porque se trata de un tema de interés que afecta o beneficia a todos los ecuatorianos. El propósito de este debate es que las opiniones sean tomadas en cuenta en la propuesta de ley que garantice los intereses nacionales.